TITULO V
El
Gobierno Escolar.
CAPITULO I
Representación Estudiantil.
Art. 166 El Gobierno Escolar
será conformado y establecido como lo indica el Art. 29 del Decreto 1860.
Art. 167 La representación
estudiantil en el gobierno escolar la conforman el representante de los
estudiantes al Consejo Directivo, el personero de los estudiantes y todos los
delegados de cada grado.
Art. 168 El Consejo
Estudiantil estará conformado por un delegado de cada grado, el personero de
los estudiantes y será liderado por el representante de los estudiantes al
Consejo Directivo
Art. 169 El período de
gobierno de cada miembro elegido en la representación de los estudiantes y de
los consejos de la representación estudiantil, será únicamente por el año
lectivo escolar.
Art. 170 El consejo estudiantil
tendrá entre otras funciones las reportadas en este manual de convivencia así:
- Tener
su propia organización interna.
- Elegir
entre los estudiantes de grado once un delegado para conformar el consejo
directivo.
- Invitar
a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el
desarrollo de la vida estudiantil.
- Promover
actividades y proyectos que tiendan a la cualificación y mejoramiento
institucional, ampliar mecanismos de participación estudiantil, tales como
encuestas, periódicos y murales.
- Representar
a la Institución
en encuentros Inter.-institucionales, locales, municipales y nacionales.
- Llevar
el registro de sesiones en actas firmadas y presentarlas a la dirección cuando
sean requeridas.
- Revocar
el mandato del representante de los estudiantes
ante el consejo directivo y del personero cuando sea el caso.
- Revocar
el mandato del Personero, previo plebiscito en cada uno de los grados
Art. 171 La elección de los delegados
de cada curso se hará al iniciar el año con su respectivo director de grupo por
votación de sus compañeros en el aula de
clases.
Art. 172 Podrán postularse a
la elección de personero, los estudiantes
del último grado (grado once/quinto) que reúnan los requisitos (artículo 175)
para la contienda electoral, la fecha de
inscripción será en el mes de febrero y/o marzo.
Art. 173 Los candidatos a
personero y representante recibirán de la coordinación y del departamento de
ciencias sociales una capacitación sobre las responsabilidades y funciones
legales establecidas por la ley 115 y el Decreto 1860.
Art. 174 Las funciones del
personero en la
Institución Educativa, son muy diferentes a las del
representante de los estudiantes al consejo directivo.
Art. 175 Son condiciones para
aspirar a ser elegido como personero, representante estudiantil al consejo
directivo y representante de grado de La INSTITUCIÓN EDUCATIVA
AGROPECUARIA BOMBONA. Las siguientes:
1.
Tener una antigüedad mínima de 1 años en la
Institución Educativa y sus centros educativos asociados.
2.
Ser un buen estudiante en cuanto a su
rendimiento académico y disciplinario, demostrado durante su permanencia.
3.
Debe manejar excelentes relaciones
interpersonales con sus compañeros de grupo y demás grupos de la Institución Educativa.
4.
Ser considerado un modelo de estudiante para
toda la comunidad educativa.
5.
Demostrar gran habilidad discursiva y de
liderazgo siendo aceptado por sus compañeros.
6.
Tener sentido de pertenencia y compromiso con la Institución Educativa.
7.
Ser conocedor de Horizonte Institucional y del
Manual de Convivencia.
8.
Tener una buena presentación personal como lo
exige el uso de su uniforme siendo parte de su personalidad y no por simple
compromiso.
9.
Demostrar su carisma de líder como una fortaleza
social fundamental en su formación activa.
10. Cumplir plenamente con
todos los valores corporativos expuestos en este Manual de Convivencia
11. Ser aceptado después de
cumplir con los anteriores requerimientos por la corte electoral conformada por
el departamento de ciencias sociales.
Art. 176 Las funciones del
personero están reglamentadas en el Art. 28 del Decreto 1860. Pero se anexan
las siguientes.
- Promover
el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes estudiantiles
consagrados en la
Constitución Política, en las leyes y Decretos vigentes en
este Manual de Convivencia.
- Recibir
y evaluar los reclamos presentados por los estudiantes sobre las lesiones a sus
derechos y las formuladas por cualquier persona de la comunidad, por
incumplimiento de los deberes de los estudiantes.
- Asistir
a las reuniones del Consejo Directivo cuando la necesidad lo requiera como
invitado.
- Apelar
ante el Consejo Directivo sus decisiones respecto a las peticiones presentadas por los estudiantes.
- Fiscalizar
las reuniones del Consejo de Estudiantes como miembro activo.
- Rendir
informe bien sea al Consejo de Estudiantes, al Consejo Directivo o bien a
ambos, de los aspectos negativos y positivos, que merezcan tenerse en cuenta
para la formación de la comunidad educativa.
- Asistir
puntualmente a las reuniones del Consejo de Estudiantes.
Art. 177
Algunas funciones del representante de los estudiantes al consejo
directivo son:
- Representar
a los estudiantes ante el Consejo Directivo, asistiendo puntualmente a las reuniones y rindiendo informe de las mismas a los
estudiantes posteriormente.
- Presentar
al Consejo Directivo propuestas de incentivos para beneficio de los compañeros
y de la Institución en los
aspectos relacionados con:
-
Manual de normas de
convivencia
-
Organización de las
actividades curriculares
-
Fomento y práctica de
los valores humanos
-
Relaciones
interpersonales
-
Organización y
funcionamiento del Consejo Estudiantil
- Mantenimiento y cuidado de la planta física
Art. 178 Algunas funciones del representante de grado
en el consejo estudiantil son:
- Colaborar
con el director de grupo en la administración de su grupo en todos los aspectos.
- Controlar
a los estudiantes para permanecer en el sitio correspondiente en las
actividades desarrolladas.
- Solicitar
comedidamente la colaboración de sus compañeros para lograr el efectivo cumplimiento de sus
funciones y la buena marcha del curso.
- Reportar
al director de grupo y a los Docentes la ausencia de sus compañeros registrados
en el control de ausencias.
- Fomentar
los buenos modales entre sus compañeros y evitar comentarios y actitudes que
lesionen a la persona, para pretender una educación integral.
- Llevar
la vocería de sus compañeros ante el Director de grupo, Docentes, comités y
representantes de los estudiantes.
- Representar
a su grupo en el consejo de estudiantes